Conflicto socioambiental por Megapuerto Exterior San Antonio
Ubicación:
- Provincia: San Antonio
- Comuna: San Antonio
- Localidad: Llolleo
Hito de inicio: Ingreso Estudio de Impacto Ambiental, 2020
Temporalidad de la afectación: Futura
Principales organizaciones involucradas:
- De derecho: Agrupación Ojos de Mar
- De hecho: no aplica
Sector/Actividad Económico (a): Obra pública
Causa específica de afectación: Construcción de mega puerto
Instrumentos de ordenamiento territorial de relevancia:
- Plan Regulador Comunal de San Antonio
- Plan Regulador Intercomunal Satélite Borde Costero Sur
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:
- Consulta de pertinencia: Sí
- Declaración (DIA)/ Estudio de Impacto Ambiental (EIA): Sí (EIA)
Zona de Escasez Hídrica (sí/no): Sí (Decreto N°207/27.09.23)
Judicialización(sí/no): Sí
Especies en riesgo por la causa de afectación:
Vegetales:
- Vautro (Baccharis vernalis)
- Brea (Tessaria absinthioides)
- Alstroemeria (Alstroemeria hookeri). Preocupación menor
- Cola de Caballo (Equisetum giganteum). Preocupación menor
Animales:
- Pequén (Tecolote llanero). Preocupación menor
- Pájaro de Siete colores (Tachuris rubrigastra). Preocupación menor
- Pilpilén (Haematopus palliatus). Casi Amenazada
Resumen
El proyecto de ampliación “Puerto Exterior San Antonio”, a cargo de la Empresa Estatal Portuaria San Antonio (EPSA), consiste en la construcción y operación de 2 terminales portuarios, desarrollados en 5 fases de crecimiento operativo. Esta ampliación del Puerto San Antonio permitiría movilizar una carga total de hasta 6 millones de contenedores anuales, teniendo como objetivo aumentar la capacidad de transferencia de carga de la zona central.

El titular “EPSA”, ingresa el estudio de impacto ambiental del proyecto al Sistema de Evaluación Ambiental en abril de 2020, y es declarado admisible en mayo del mismo año. A la fecha, el SEA ha emitido dos ICSARAS, recibiendo como dos Adendas con diversas modificaciones del proyecto inicial. En abril de 2023, el SEA de la Región de Valparaíso extiende el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024 para la suspensión del plazo del procedimiento de evaluación del EIA. Esta extensión de plazo permite al proponente presentar hasta esa fecha nueva ADENDA complementaria, la cual debe dar respuesta a las cerca de 1.000 observaciones y consultas realizadas por los organismos del estado y el SEA en el último ICSARA.
El proyecto portuario está localizado al norte de la desembocadura del río Maipo, donde se ubica el sistema de lagunas de Llolleo “Ojos de Mar”. Este espacio estuarino, conformado por tres grandes lagunas, está alimentado por el río Maipo y el estero “El Sauce”, y alberga una valiosa diversidad de flora y fauna, donde destaca la abundante presencia de aves acuáticas. Al importante valor ecológico, se suma la identidad cultural de pueblos indígenas, cuyas prácticas están asociadas al humedal costero, como es el caso de la asociación Calaucán, una organización mapuche-lafkenche que se dedica a la reivindicación y revitalización de la cosmovisión lafkenche a través de este territorio amenazado. Además, se considera un sector con alto valor arqueológico debido a la antigua presencia de los pueblos Bato, Llolleo y Aconcagua.
En este contexto, cabe destacar que, en diciembre de 2019, se realizó un proceso de consulta ciudadana a través de un plebiscito organizado por la Municipalidad, en el cual un 97% del total de votantes (más de 19.000 votos), optaron por preservar los humedales en lugar de la construcción del Puerto Exterior.
Con fecha 26 de enero de 2021, bajo las presiones de la acción comunitaria, la Municipalidad de San Antonio presentó una solicitud de reconocimiento de humedal urbano (Ordinario Alcaldicio Nº 137) ante el Ministerio del Medio Ambiente, buscando proteger 47,1 ha, incluidas las lagunas Ojos de Mar, las dunas y la playa de Llolleo. Sin embargo, luego de nueves meses de tramitación, con fecha 24 de septiembre de 2021, el MMA rechaza la solicitud de humedal urbano (resolución exenta N°1086), argumentando que los municipios no tienen competencia en propiedad de infraestructura portuaria, dado que el humedal se encuentra en terrenos de EPSA.
A raíz de esta negativa de reconocimiento del humedal Ojos de Mar, tanto la Municipalidad de San Antonio (Rol 312-2021) como la comunidad organizada (Rol 308-2021) presentaron recursos de reclamación en contra de la Resolución Exenta N°1086 en el Tribunal Ambiental, solicitando dejar sin efecto la resolución e instando a una nueva que apruebe el reconocimiento que merece el humedal. En respuesta a los recursos de reclamación, con fecha 19 de enero de 2022, el Segundo Tribunal Ambiental dicta medidas cautelares para prohibir la instalación de faenas u obras dentro del límite del humedal que, según cartografía del MMA, comprende únicamente las tres lagunas que componen Ojos de Mar.
Con fecha 28 de noviembre de 2023, el Segundo Tribunal Ambiental resuelve el litigio mediante una conciliación entre las diferentes partes involucradas (Municipalidad de San Antonio, Empresa Portuaria de San Antonio, organizaciones ambientales locales y Ministerio del Medio Ambiente), para considerar Ojos de Mar como humedal urbano. El acuerdo alcanzado dictamina que el Ministerio del Medio Ambiente debe retrotraer el proceso de evaluación técnica de la solicitud de humedal urbano y determinar en un plazo de cinco meses un nuevo polígono de protección. El día 21 de marzo de 2024, el Ministerio del Medio Ambiente publica en su sitio web que los profesionales de la Seremía de Medio Ambiente de la Región de Valparaíso finalizaron las campañas de terreno para delimitar el nuevo polígono del humedal, indicando que en los próximos se revisarán todos los antecedentes recogidos para concluir con la resolución que lo reconoce como humedal urbano, de acuerdo a la Ley 21.202.
Finalmente, la cartera ministerial de Medio Ambiente declara oficialmente el Sistema de lagunas “Ojos de Mar” como humedal urbano, a través de la Resolución Exenta N°415 del día 26 de abril de 2024164, haciendo efectiva la protección de aproximadamente 18,4 hectáreas.