Catastro de conflictos socioambientales

Conflicto socioambiental por Minera Pullally

Ubicación:

  • Provincia: Petorca
  • Comuna: Papudo
  • Localidad: Pullally

Hito de inicio: No hay información específica

Temporalidad de la afectación: En proceso

Principales organizaciones involucradas:

  • De derecho: Fundación Papudo, Comité de Defensa de Pullally (CODEPU), Fundación Paisaje Endémico.
  • De hecho: Movimiento “No a Minera Pullally”

Sector/Actividad Económico (a): Minería

Causa específica de afectación: Proyecto de explotación aurífera

Instrumentos de ordenamiento territorial de relevancia: No aplica

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

  • Consulta de pertinencia:
  • Declaración (DIA)/ Estudio de Impacto Ambiental (EIA):  Sí (DIA)

Zona de Escasez Hídrica (sí/no): Sí (Decreto N°167/11.07.23)

Judicialización(sí/no): No

Especies en riesgo por la causa de afectación:

Vegetales:

  • Olivillo (Aextoxicon punctatum). Vulnerable
  • Belloto del Norte (Beilschmiedia miersii). Vulnerable
  • Quisco (Echinopsis chiloensis). Casi Amenazada

Animales:

  • Cururo (Spalacopus Cyanus). Preocupación menor
  • Culebra de cola larga (Philodryas chamissonis). Preocupación menor

El proyecto minero “Pullally” inicia sus operaciones en 2001, recibiendo la calificación ambiental favorable al EIA presentado en 1996, cuyo titular en ese entonces era la Empresa Minera “Pegasus Ltda.” Esta primera explotación consistía en la extracción subterránea de oro, con un promedio de 300 toneladas diarias. Luego de declarar la quiebra en 2005, la empresa vende la operación a minera Pullally SpA, perteneciente al Holding chileno Minero Cemin, y este proponente recibe calificación ambiental favorable (Resolución Exenta N° 96) a un proyecto de continuidad de explotación, con una extracción mensual de 3000 toneladas totales de mineral.

pullally-02

Organizaciones ambientales de la localidad de Pullally han señalado que desde una etapa temprana la minera no estableció lazos con la comunidad local, generando escaso aporte al desarrollo social de la población residente. En 2009, el proponente decide dar inicio al procesamiento del mineral en la misma zona de la extracción, recibiendo nuevamente una calificación ambiental favorable (Resolución Exenta N° 548) para la construcción de una planta procesadora de minerales auríferos, con una capacidad de proceso de 15.000 t/mes.

En octubre de 2018, la compañía ingresa consulta de pertinencia al Servicio de Evaluación Ambiental, para “Proyecto Piloto de Adecuación de Proceso y Método de Explotación” que consiste en una planta de lixiviación en pilas, en lugar de la lixiviación en estanques, evitando así la generación de relaves. El SEA resuelve mediante Resolución Exenta N°035 que el proyecto debía ingresar obligatoriamente al SEIA mediante una Declaración de Impacto Ambiental previo a su ejecución, incluyendo antecedentes respectivos a la afectación a componentes de flora y fauna (algunas especies en categoría de conservación), dado que el nuevo proyecto modifica sustancialmente la extensión y magnitud de los impactos declarados en el proyecto original.

Ante esta iniciativa de la empresa minera, las comunidades comienzan a organizar la oposición al proyecto, adelantándose al ingreso de la DIA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En este marco, el Comité de Defensa de Pullally organiza instancias de diálogo y talleres para la comunidad con el objetivo de visibilizar los impactos negativos de la futura planta de lixiviación, como también comienza a generar redes de apoyo y aprendizaje para saber cómo incidir en la etapa de observaciones al proyecto.

Una vez iniciada la tramitación de la DIA ingresada en abril de 2021, más de 40 organizaciones junto con personas naturales solicitaron la participación ciudadana, concedida por el SEA. En este proceso, se ingresaron 450 observaciones de las comunidades vecinas al proyecto, indicando falencias en la declaración de impacto ambiental respecto a las emisiones de material particulado, al ruido, al suelo, a la afectación de bosques relictos de Olivillo (Aextoxicon punctatum) y a la contaminación de aguas subterráneas y superficiales. Sin embargo, luego de dos años de tramitación, con fecha abril de 2023, el titular recibe la calificación ambiental favorable (Resolución Exenta N°2023050001167) para la planta.

La resolución continuó siendo impugnada por comunidades locales y organizaciones, acudiendo a la vía administrativa para, por un lado, interponer recursos de reclamación ante el Comité de ministros (se presentaron 29 reclamaciones a la RCA favorable), donde se indicaba que las observaciones realizadas en la PAC no fueron atendidas, y se solicitaba la invalidación a dicho acto administrativo.

Frente a estas impugnaciones por parte de la ciudadanía, el SEA declara admisible los recursos de reclamación, y oficia a todos los servicios involucrados en la RCA favorable para solicitar más información técnica respecto a los componentes ambientales impugnados. Hasta la actualidad, los servicios con competencia ambiental aún no se pronuncian al respecto, por lo cual la posibilidad de revocación de la calificación ambiental favorable continúa en espera.