Zonas de sacrificio

Definición

El concepto de Zona de Sacrificio, introducido en Chile entre otros por Fundación Terram, fue empleado el 2011 para designar aquellos lugares donde el Estado ha permitido la concentración de industrias peligrosas para la salud, el medio ambiente y emplazadas a cortas distancias de centros poblados, sin una adecuada evaluación de sus impactos.

Este concepto evolucionó de las investigaciones y generación de políticas públicas de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA, por su sigla en inglés). Con ello se designaban territorios donde el Estado, por acción u omisión, había abandonado a la población y los ecosistemas. En general, se trata de lugares habitados por comunidades vulnerables.

La zona de sacrificio de Quintero-Puchuncaví, es una de las cinco en Chile -Tocopilla, Mejillones, Huasco y Coronel completan el listado- y su penosa notoriedad nacional e internacional se debe a una serie de incidentes ambientales como derrames de hidrocarburos, altas concentraciones de metales pesados en tierra y mar, peaks de dióxido de azufre en la atmósfera y continuos varamientos de carbón.

En especial, deben mencionarse las reiteradas intoxicaciones de niñas, niños y adolescentes en establecimientos educacionales, producto de las emisiones de contaminantes al aire provenientes del Complejo Industrial Ventanas (CIV), compuesto por al menos 20 empresas, que generan también diversos contaminantes al agua y suelo.

El conflicto socioambiental ha llegado a tales niveles de exposición política y mediática que la Cámara de Diputados ha generado tres Comisiones Investigadoras, los años 2012, 2018 y 2022. Lamentablemente, en las dos primeras, las recomendaciones no se han concretado en reales modificaciones a las políticas públicas y normativas que generen una disminución de la contaminación. Aún más, un fallo de 2019 de la Corte Suprema derivado de reiterados episodios de contaminación de 2018, sentenció la identificación y determinación de las fuentes emisoras, y mantiene en compás de espera su ejecución.

Con las últimas intoxicaciones de junio de 2022, la Defensoría de la Niñez realizó una solicitud de medidas cautelares a la Comisión Internacional de Derechos Humanos para la protección de la salud y DDHH de 13.382 niños, niñas y adolescentes. El evento dio paso al anuncio de cierre y desmantelamiento de la fundición Ventanas de Codelco, lo cual se estima debería concretarse en un plazo de 10 años, una vez modificada la Ley N°19.993.

En materia de suelos, las concentraciones de metales pesados crean una condición de alto riesgo de desarrollo de cáncer en niños menores de cinco años, según estándares de la EPA. De hecho, un estudio de concentración de arsénico en el suelo y su relación con modificaciones genéticas en la población, liderado por la Dra. Eva Madrid de la Universidad de Valparaíso, sugirió que la contaminación ambiental en Quintero y Puchuncaví ha inducido cambios epigenéticos en el genoma de sus habitantes.

No se trata, empero, de una preocupación reciente. En 1968, el SAG realizó, ante las múltiples denuncias realizadas por la Municipalidad de Puchuncaví, un catastro de información de la zona que determinó que efectivamente existía daño, sobre todo en la localidad de Los Maitenes, por grandes concentraciones de anhídrido sulfuroso en plantas y suelo. 

En 1986 un análisis mostró que en las zonas aledañas a la entonces fundición y refinería de Ventanas las concentraciones de cobre llegaban a un 9000% de exceso en comparación con suelos semejantes, mientras que el cadmio presentaba 3900% más, y el plomo, 3000%. Actualmente, la contaminación por metales pesados en la comuna es de 530 mg/kg de cobre y 90,4 mg/kg de plomo, mientras que la norma permite entre 15 y 74 mg/kg y entre 50 y 75 mg/kg, respectivamente.  

Otra de las consecuencias importantes de la actividad empresarial del CIV es la contaminación de los recursos marinos que ha afectado a la pesca artesanal. Según un estudio de la ONG Oceana, el 100% de los productos marinos de consumo humano analizados en cuatro localidades de la comuna están contaminados por cobre, arsénico y cadmio, superando hasta cinco veces la normativa chilena. Incluso en playas como El Tebo, localizada a dos kilómetros del complejo industrial, los productos marinos se encuentran contaminados.

Principales regulaciones

Entre los instrumentos creados por el Estado para controlar los efectos ambientales se encuentra el Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso de 1965, que consideró la creación de zonas satélites industriales en el borde costero para el desarrollo de la industria en la región, con modificaciones en los años 1984, 1987, 1998 y 2002.

Los cambios se han orientado a la ampliación de la superficie para la instalación de industrias peligrosas y han sido ratificadas por la Resolución de Calificación Ambiental en 2011 y luego por el Consejo Regional de Valparaíso en 2012 lo que, en la práctica, significó mantener 500 hectáreas para el desarrollo industrial.

El año 2013, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo elaboró el «Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso, PREMVAL», que actualizó el Plan lntercomunal de Valparaíso de 1965.

Existió un primer Plan de Descontaminación del Complejo Industrial Ventanas (DS 252/1992, Ministerio de Minería), que estableció las primeras normas de calidad del aire para MP10 y dióxido de azufre (SO2). El Plan logró una disminución en las emisiones de las empresas durante su primera década de funcionamiento y de acuerdo a la norma chilena, que no contempla afectación de agricultura, flora y fauna. Es necesario considerar, sin embargo, que después de decretado se han instalado más de una decena de empresas, siete de ellas calificadas como industria peligrosa y tres de ellas como industria contaminante.

En 1993, se declaró zona saturada por anhídrido sulfuroso y MP el área circundante al Complejo Industrial Ventanas (DS 346/1993 Minagri) y en 2015, Concón, Quintero y Puchuncaví fue declarada como Zona Saturada y Latente, por Material Particulado Respirable (MP2.5 y MP10).

Un nuevo Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (DS 105/2018, MMA) entró en vigencia para esta zona en marzo de 2019 para los contaminantes de MP, anhídrido sulforoso y óxido nitroso (NOx).

En general, se debe señalar que estos planes no descontaminan y tan solo buscan disminuir emisiones ya que su objetivo es ajustarse a una norma de calidad con bajos estándares ambientales, pues no sigue las directrices de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Tampoco se actualizan adecuadamente de acuerdo a lo establecido en el artículo n°44 de la ley 19.300 (cada 5 años) y su tiempo de tramitación es excesivo, pudiendo transcurrir hasta 15 en este proceso.

Chile no cuenta con una norma primaria de calidad para arsénico respirable. Si bien fue dictada en el gobierno del presidente Patricio Aylwin (Decreto N°477/1994, MINSAL), el gobierno del presidente Eduardo Frei Ruiz-Tagle la derogó, a compromiso de elaborar una nueva norma entre el Ministerio de Salud y la entonces recién creada Comisión Nacional de Medio Ambiente (CONAMA).

El 2020, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible un recurso de protección presentado por habitantes de Puchuncaví y Quintero junto a Fundación Terram, en contra del Ministerio de Medio Ambiente y del Ministerio de Salud por omitir durante 26 años la dictación de una Norma Primaria de Calidad del Aire para Arsénico, así como, en el caso específico del MMA, por no haber contemplado en su Programa de Regulación Ambiental 2020-2021, la revisión de la Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP2,5 (D.S. N°12/2011 del MMA) y la Norma de Emisión para Fundiciones de Cobre y Fuentes Emisoras de Arsénico (D.S. N°28/2013 del MMA).

Por otro lado, la preocupación suscitada por las Zonas de Sacrificio hizo que la Contraloría General de la República, el 2020, ordenara a través de un dictamen que el Ministerio de Medio Ambiente iniciara a la brevedad la revisión de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas contenida en el decreto N°13 de 2011. Lo anterior, porque dicho trabajo debió haberse iniciado en 2016 según lo establece la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el Decreto Supremo N°38 de 2013, que señala que debe ser revisada cada cinco años. La definición de la Contraloría respondió a un pronunciamiento hecho por Fundación Terram el 21 de agosto de 2019. El MMA trabaja actualmente en la elaboración de la norma para benceno, la cual inicio su proceso tras el fallo de la Corte Suprema por la contaminación del año 2018 y que se espera se promulgue para fines de 2022. Están en proceso de actualización el D.S. 13, norma de emisión para centrales termoeléctricas y el D.S. 28 norma de fundiciones. Además, se abrió expediente público para la elaboración de la norma de arsénico. La norma de MP10 se encuentra en toma de razón y la de MP2,5 entraría en proceso de actualización durante 2023.
Finalmente, se debe señalar que no existe una norma de suelos y la de calidad de aguas marinas solo establece regulación para la emisión de residuos líquidos al mar, de modo que se requiere una normativa secundaria más exigente.

Comunidades

Las comunidades afectadas directamente por contaminación industrial corresponden a quienes viven en Quintero y Puchuncaví, que en conjunto abarcan casi 50.000 habitantes. Muchos de ellos se encuentran en situación de pobreza y carecen de las redes políticas necesarias para evitar la instalación de nuevas industrias de carácter peligroso, a diferencia de otras localidades con una condición socioeconómica más acomodada y de una capacidad mayor.

Su principal prioridad es relevar la urgencia de encontrar una solución participativa e inclusiva al conflicto ambiental, donde existen situaciones de contaminación que afectan la salud humana, especialmente de grupos vulnerables como niños, niñas y adolescentes, contaminación de aire, suelo y medio ambiente marino, y afectación de humedales por contaminación industrial y el desarrollo de proyectos inmobiliarios.

Las agrupaciones han presentado numerosos recursos judiciales y administrativos en contra de diferentes organismos del Estado producto de su responsabilidad en la situación ambiental de la zona, cuyos resultados han tenido un bajo impacto en mejorar la situación ambiental, principalmente debido a los vacíos legales en políticas públicas ambientales vigentes.

Publicaciones

Video: Talleres con la comunidad Quintero, Puchuncaví y Concón, noviembre 2022-enero 2023

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Diagnóstico, brechas y deficiencias en políticas públicas y normativas sobre contaminación industrial en la Bahía de Quintero y destrucción y degradación de Vegetación Nativa

Edición 2023

Cierre de la fundición de Ventanas: la historia lo avala

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Intoxicaciones en establecimientos educacionales de Quintero y Puchuncaví

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